Si tienes multas impagas por TAG, ahora puedes pagarlo en la Municipalidad
Gracias a esta medida, podrá acceder hasta un 80% de descuento en las multas, al igual que el atraso del permiso de circulación, plazo que expira el 31 de diciembre del 2021.
De acuerdo a lo establecido en el artículo transitorio de la Ley 21.213, modificada por la ley 21.343, las Municipalidades están facultadas para suscribir convenios de pago por las infracciones de TAG informadas al Registro de Multas de Tránsito No Pagadas (RMNP), al 30 de noviembre de 2019.
Gracias a esta medida, los contribuyentes podrán pagar en su municipalidad, las multas con hasta un 80% de descuento, conjuntamente con el pago atrasado del permiso de circulación y podrán suscribir dichos convenios de pago hasta el 31 de diciembre del 2021.
Requisitos para la suscripción del convenio de pago
PROPIETARIO:
- Cédula Identidad.
- Certificado de Anotaciones vigentes (no más de 5 días).
- Último permiso de circulación pagado.
TERCERA PERSONA:
- Cédula Identidad.
- Certificado Anotaciones vigentes (no más de 5 días).
- Poder Delegación (se adjunta archivo, para descargar del sitio web).
- Último permiso de circulación pagado.
EMPRESA:
- Constitución de la Empresa.
- Certificado de personería jurídica representante legal (no más de 30 días).
- Rut de la empresa.
- Cedula Identidad Representante (o Dueño).
- Poder Delegación (se adjunta archivo, para descargar del sitio web).
- Último permiso de circulación pagado.
Para realizar este trámite, los interesados en suscribir los convenios deben acercarse al Departamento de Normalizaciones, ubicado en el Edificio Consistorial, Av. Pajaritos N°2077, piso 2, de lunes a viernes de 8:30 a 14:00 horas, previo
Ante consultas y dudas por estos convenios de pago, puede contactarse al correo electrónico normalizaciones@maipu.cl ó a los teléfonos 22 6776 000 opción 2 ó +56997016315 (sólo mensajería).
Importante: El Registro Civil e Identificación, ha dispuesto que en cuanto a la modificación de la descripción de las multas cuando se han registrado o inscrito erróneamente, y éstas cuenten con el certificado del tribunal que acredite la aclaración o rectificatoria –según corresponda-, los usuarios que se acojan al beneficio establecido en la ley, del pago del importe del 20% por cada una de ellas o 100 UTM, lo que ocurra primero, deberán solicitar personalmente por oficina de partes del RMNP, la certificación de la modificación que corresponda previa suscripción del convenio de pago. La oficina de partes del Registro de Multas No Pagadas se encuentra ubicada en calle Catedral 1772, Santiago Centro.