Municipio maipucino vuelve a ser querellante en el caso Cathy Barriga
Esto luego la Corte de Apelaciones de Santiago acogiera un recurso presentado por la CODEDUC y declarara admisible la nueva querella interpuesta el 8 de abril por dicha entidad.
La municipalidad de Maipú y la Codeduc, volvieron ser querellantes en el caso denominado Cathy Barriga, esto luego que luego que la Corte de Apelaciones de Santiago acogiera un recurso presentado por la CODEDUC y declarara admisible la nueva querella interpuesta el 8 de abril por dicha entidad.
Debemos recordar que ambas instituciones quedaron fuera de la causa luego de que la defensa de Cathy Barriga, presentara un requerimiento para excluir al municipio y a la Codeduc como querellantes.
La jugada legal presentada por la defensa de Barriga, fue acogida por el Tribunal de Garantía, ya que el Consejo de Defensa del Estado (CDE), ya se había querellado y según dicta la ley no puede haber más de una entidad estatal querellada por el mismo motivo.
Así que mientras el mientras el Consejo de Defensa del Estado no se querelle por los hechos denunciados, la CODEDUC mantendrá la calidad de querellante. Los hechos son: haber traspasado fondos de los programas FAEP y SEP para pagar remuneraciones, cotizaciones, honorarios, impuestos; haber adquirido bolsas ecológicas, trípticos, carpetas corporativas y peluches; y haber realizado maniobras fraudulentas para cuadrar los saldos de dichos proyectos.
Según se lee en la resolución de la Corte de Apelaciones, “Subsistente en su totalidad la querella presentada por la Corporación Municipal de Servicios y Desarrollo Maipú. Lo anterior, mientras el Consejo de Defensa del Estado no se querelle por los hechos que las han dejado subsistentes, pues de ser así, cesará la representación de dichas querellantes”, según consignó La Tercera.
Finalmente El fallo del tribunal también repuso la calidad de querellante de la Municipalidad e Maipú en algunos de los delitos investigados. Estos son “solo en lo que dice relación con los delitos relativos a la funcionaria Monsalve, de fraude de subvenciones del artículo 470 N°8, apropiación indebida del artículo 470 N°1 y obtención injustificada de licencias médicas del artículo 202, todos del Código Penal”.